Cargando...
Revista Jurídica LALIGA
MIÉ 07 OCT 2020 | JURÍDICO
Normativa
Normativa

Las disposiciones normativas más interesantes

Proyecto de Real Decreto de Comunicaciones Comerciales de las Actividades de Juego de 30 de junio, que limita la publicidad de las casas de apuestas online y los juegos de azar a un horario de madrugada, de 1:00 a 5:00, y estipula que ni siquiera será admisible el patrocinio en camisetas o equipaciones deportivas ni en los estadios. Otra de las principales novedades es que se prohibirán las promociones de captación, los denominados bonos de bienvenida, que en el texto del anterior proyecto se permitían hasta un máximo de 100 euros.

Resolución de 11 de agosto de 2020, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el convenio colectivo para las futbolistas que prestan sus servicios en clubes de la primera división femenina de fútbol, que protege a las futbolistas en caso de embarazo o incapacidad laboral y establece que su salario mínimo sea de 16.000 euros al año si realizan su actividad a jornada completa, o de 12.00 euros al año si la desempeñan de manera parcial. El presente convenio colectivo queda prorrogado en su totalidad por períodos sucesivos de una temporada futbolística y se aplica a aquellas jugadoras que sean convocadas para, al menos, doce partidos oficiales con el primer equipo o en su caso dispute diez encuentros.

Resolución de 4 de junio de 2020 de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Fútbol, que introducen cambios como la modificación del artículo segundo que, a partir de ahora, hace referencia a los objetivos y principios rectores de la RFEF entre los que se destacan: la mejora del fútbol nacional, el fomento de la participación de las selecciones españolas en todas las especialidades, el fomento de la organización en España de competiciones internacionales, la promoción de los valores universales, educativos y culturales o promover el buen gobierno de la Federación. Por otro lado, se modifica el decimoséptimo artículo, dedicado a los derechos de los futbolistas, donde se reconocen por primera vez en el ordenamiento jurídico español, entre otros, el derecho a al disfrute de las medidas de especial protección a la paternidad, maternidad y lactancia.

Protocolo de actuación para la vuelta de competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional publicado por el Consejo Superior de Deportes el 10 de septiembre, que tiene como objetivo establecer unas bases de tipo sanitario y operativo mínimas y comunes para todas las competiciones oficiales de ámbito estatal y carácter no profesional, o competiciones internacionales que están bajo la tutela organizativa de las federaciones deportivas españolas. En el documento se indica que los deportistas se realizarán test para conocer si hay contagios por COVID-19 antes de que arranquen las competiciones de manera oficial y, respecto a la entrada al público en los recintos deportivos, se establece que se permitirá la entrada de un máximo de 1.000 personas en espacios que se encuentren al aire libre y de 500 personas en espacios cerrados, aunque esta medida quedará regulada en última instancia por las comunidades autónomas. Por su parte, las federaciones deportivas tendrán la obligación de rastrear a fondo cuáles han sido los contactos más estrechos establecidos por los deportistas que hayan dado positivo para poder establecer así un plan de actuación eficaz y evitar que se formen líneas de contagios.

Orden 1008/2020, de 18 de agosto, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 668/2020, de 19 de junio de 2020, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, para la aplicación de las actuaciones coordinadas en salud pública para responder a la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19, que en materia deportiva recalca que la obligación de uso de mascarilla no será exigible en el momento de realizar actividad deportiva al aire libre siempre que, teniendo en cuenta la posible concurrencia de personas y las dimensiones del lugar, pueda garantizarse el mantenimiento de la distancia de seguridad con otras personas no convivientes.

Orden CUD/614/2020, de 3 de julio, por la que se habilita el mes de agosto a los efectos de presentación de candidaturas o celebración de votaciones en los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas a celebrar en 2020, que recalca que, debido a situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 en relación a los procesos electorales federativos en el deporte, se hace necesario habilitar, con carácter excepcional, el mes de agosto del presente año 2020 a los efectos de presentación de candidaturas o celebración de votaciones. En otro caso, se produciría un retraso en la puesta en funcionamiento en los órganos de las federaciones deportivas españolas que podría redundar negativamente en el deporte español.

Resolución de Convocatoria de Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se regula la concesión de préstamos a federaciones deportivas españolas en el año en curso, 2020, de 10 de julio, que tiene como fin regular ayudas económicas para la realización de actividades, inversiones y acciones de gestión federativa que, estando relacionadas con el desarrollo de su actividad, resulten de interés para el Consejo Superior de Deportes. En dicha resolución, se recalca que podrán conceder préstamos hasta 1.200.000,00€, sumando todas las concesiones, y podrán ser beneficiarias aquellas federaciones deportivas españolas que cumplan los requisitos y obligaciones exigidos en la convocatoria.

Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes por la que se convocan ayudas para los desplazamientos de equipos y deportistas insulares y de las ciudades de Ceuta y Melilla por su participación en competiciones deportivas no profesionales de ámbito estatal, así como para el transporte del material deportivo en dichas competiciones en el ejercicio 2020, de 25 de junio, que recalca que la solicitud de estas ayudas se deberá efectuar en el en el plazo de 20 días contados a partir del siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado y tendrán un importe máximo de 3.000.000,00 de euros con cargo a la aplicación presupuestaria.

Resolución de 26 de junio de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la cifra a que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la modalidad de baloncesto, que se valora en la cantidad de un millón novecientos noventa y dos mil doscientos noventa y ocho euros con noventa y cuatro céntimos (1.992.298,94 €).

 

Más noticias